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¿Es legal poner llave en un ascensor comunitario?

llave en ascensor

Es una duda frecuente en muchas comunidades de propietarios: “¿es legal poner llave en un ascensor comunitario?”. En cualquier comunidad de propietarios, es una duda habitual y, por lo general, responde a situaciones recurrentes, por ejemplo, vecinos que desean limitar el uso del ascensor para reducir gastos o propietarios que no están de acuerdo con que determinados residentes (como locales comerciales o viviendas en plantas bajas) utilicen el servicio.

En cualquier caso, se trata de una medida relativamente habitual en los edificios residenciales y, por tanto, debemos saber cuál es el alcance de esta práctica y qué implicaciones tiene.

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¿Es legal poner llave en un ascensor comunitario? Implicaciones legales que deben cumplirse

¿Cuándo es legal poner llave en un ascensor comunitario? Lo primero que debe tenerse en cuenta al respecto es que instalar una llave, tarjeta o cualquier otro sistema de control de acceso no es una decisión que pueda adoptarse de manera arbitraria.

En realidad, su aplicación está regulada por la Ley de Propiedad Horizontal y la normativa vigente en materia de accesibilidad y debe cumplir con una serie de requisitos legales, administrativos y de convivencia, dado que el ascensor constituye un elemento común del edificio con derecho de uso para todos los propietarios y su uso está protegido por la Ley de Propiedad Horizontal.

Requisitos legales para instalar una llave en un ascensor comunitario

Necesidad de acuerdo en junta: La instalación de una llave no puede ser una decisión unilateral de un vecino, presidente o administrador. Es fundamental que la medida se apruebe en Junta de Propietarios, que debe constar en el acta y comunicarse a todos los propietarios.

Mayoría exigida según el tipo de limitación: Tal y como se establece en la Ley de Propiedad Horizontal, ante la pregunta sobre si es legal poner llave en un ascensor comunitario, la comunidad debe cumplir con los requisitos de mayoría según el impacto de la medida.

Si la instalación de la llave no priva a ningún vecino del uso del ascensor, por ejemplo, para restringir el acceso a un local comercial que no utiliza el ascensor, la medida puede aprobarse con mayoría simple de los propietarios presentes o representados, conforme al artículo 17 de la LPH.

Ahora bien, si la llave limita el derecho de uso de algún propietario, se considera una modificación del régimen de uso de un elemento común. En estos casos, se requiere mayoría cualificada, es decir, tres quintas partes del total de los propietarios que representen tres quintas partes de las cuotas, según los artículos 17 y 18 de la LPH.

Derecho al uso igualitario de los elementos comunes: Cuestionar si es legal poner llave en un ascensor comunitario implica entender que todos los propietarios tienen derecho al uso normal de los elementos comunes. Restringir su acceso puede vulnerar este derecho si no existen razones justificadas y legalmente respaldadas.

Accesibilidad universal obligatoria: Ninguna medida que limite el uso del ascensor puede impedir el acceso a personas mayores, con movilidad reducida o con discapacidad. Si se instala una llave o sistema de control de acceso, se podría constituir una barrera que dificulte o impida su desplazamiento seguro y autónomo. Por lo tanto, cualquier restricción debe diseñarse y aplicarse de manera que garantice la accesibilidad universal, permitiendo que todas las personas que lo necesiten puedan utilizar el ascensor de forma segura y conforme a la normativa de accesibilidad.

Casos en los que sí puede limitarse: Existen situaciones en las que la instalación de una llave puede ser legal y aceptable, siempre que se respeten los derechos de uso de todos los propietarios. Algunos ejemplos son:

  • Locales comerciales con salida directa a la calle.
  • Plantas inferiores a las que el ascensor no llega.
  • Propiedades anexas o independientes que no tienen acceso directo al ascensor.

Riesgos legales por discriminación de uso: Si se instala una llave y algún vecino queda privado del uso del ascensor, incluso si contribuye al mantenimiento del mismo, la medida podría considerarse discriminatoria. Esto puede dar lugar a impugnaciones del acuerdo, reclamaciones patrimoniales e incluso denuncias por vulneración de derechos, generando conflictos legales y tensiones en la comunidad.

Importancia de contar con asesoramiento jurídico: Antes de tomar cualquier decisión, evalúa si en tu caso es legal poner llave en un ascensor comunitario. Buscar ayuda de un equipo profesional especializado te ayudará a determinar si lo que quieres hacer se ajusta a la normativa vigente.

Posibles conflictos vecinales o denuncias: Es importante considerar que, aunque legalmente proceda la medida, poner una llave puede generar conflictos entre los vecinos. Por esta razón, es importante buscar soluciones técnicas alternativas antes de aplicar restricciones directas.

instalar llave en ascensor

¿Qué ocurre si se instala una llave sin cumplir la normativa?

Cuando no se respeta la normativa la comunidad puede recibir sanciones. Las más habituales son las siguientes:

  • Impugnación del acuerdo en junta. Un juez puede terminar anulando la medida por falta de justificación o por haberse aprobado sin la mayoría exigida por la ley.
  • Multas por incumplir la normativa de accesibilidad. Si la llave impide el uso del ascensor a una persona con discapacidad o necesidad acreditada, la comunidad puede enfrentarse a sanciones económicas y responsabilidades legales.
  • Incidencias con el seguro comunitario. Algunas pólizas pueden no cubrir accidentes que derivan del uso restringido no legal del ascensor. Lo mismo sucede con los reportes en sistemas manipulados sin autorización técnica.
  • Reclamaciones de vecinos afectados. Son frecuentes y afectan a propietarios que, pese a contribuir al mantenimiento del ascensor, ven limitado su derecho de uso. Pueden reclamar indemnizaciones, devolución de cuotas o acudir a la vía judicial.
  • Tensiones internas en la comunidad, a raíz de la instalación de la llave.
  • Necesidad de modificar los estatutos.

Instalar una llave en un ascensor es legal, pero bajo determinadas condiciones

En conclusión, instalar una llave en un ascensor comunitario puede ser legal, pero únicamente bajo determinadas condiciones. La medida debe aprobarse correctamente en junta, sin privar a ningún vecino de su derecho de uso, respetando siempre la normativa de accesibilidad universal y contando con el asesoramiento de empresas especializadas como Aszende, que ofrecen soluciones adaptadas a la normativa y a las necesidades técnicas del ascensor, garantizando así seguridad, legalidad y convivencia en la comunidad.

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