SÍGUENOS EN

Normativa para instalar puertas automáticas: requisitos de seguridad y mantenimiento obligatorio

normativa puertas automáticas

 

La normativa de puertas automáticas en España no responde a un único documento, sino a un conjunto de directivas, normas técnicas y disposiciones legales que establecen los requisitos de seguridad y el mantenimiento obligatorio que deben cumplir estas instalaciones.

Más allá de ser una exigencia técnica, su cumplimiento es una responsabilidad directa que impacta en la seguridad de las personas y en la gestión legal de cualquier edificio. Y no es para menos: una puerta automática que no cumple con la normativa incrementa el riesgo de accidentes y expone a propietarios y gestores a posibles sanciones y responsabilidades en caso de incidente.

¡Escucha el audiopost del artículo!

Normativa de puertas automáticas: marco regulatorio

La normativa de puertas automáticas se articula a través de distintas directivas europeas, normas técnicas y exigencias nacionales que establecen los requisitos mínimos que deben cumplir estos sistemas desde su instalación.

A continuación, se detallan las principales normativas y requisitos:

  • Directiva de Máquinas 2006/42/CE:

En el ámbito europeo, las puertas automáticas están consideradas sistemas motorizados, por lo que deben cumplir con esta directiva. Dicha normativa regula aspectos relacionados con el diseño, la fabricación y el funcionamiento seguro de la instalación. En la práctica, exige que las puertas incorporen medidas que eliminen o reduzcan riesgos como atrapamientos, golpes o fallos durante su operación.

  • Norma UNE-EN 16005:

Dentro de la normativa de puertas automáticas, la UNE-EN 16005 es una de las referencias clave, ya que establece los requisitos de seguridad durante el uso de puertas peatonales automáticas. Esta norma regula aspectos fundamentales como las velocidades de apertura y cierre, las fuerzas máximas permitidas, las distancias de seguridad y el correcto funcionamiento de los sistemas de detección y protección.

  • Marcado CE:

Regula los aspectos relacionados con la comercialización y puesta en servicio de las puertas automáticas, certificando que cumplen con todas las normativas europeas aplicables en materia de salud, seguridad y protección del usuario. Más que una norma en sí, el marcado CE es una declaración de conformidad del fabricante, que acredita que el sistema ha sido diseñado, fabricado e instalado conforme a las directivas europeas vigentes.

  • Evaluación de riesgos:

Como fase previa a la instalación, la normativa de puertas automáticas exige la realización de un análisis de riesgos completo que tenga en cuenta el entorno, el tipo de uso y el flujo de personas. Este estudio permite identificar posibles peligros y definir las medidas de seguridad necesarias para cada caso.

  • Sistemas de detección de presencia:

Cualquier puerta automática operativa debe incorporar sensores para detectar la presencia de personas y objetos en la zona de paso.

  • Dispositivos de seguridad antiatrapamiento:

Dentro de la normativa de puertas automáticas, se establece la obligación de incorporar sistemas de seguridad que eviten riesgos de atrapamiento durante el funcionamiento. Estos dispositivos permiten limitar la fuerza de cierre o invertir el movimiento de la puerta cuando detectan la presencia de un obstáculo.

  • Señalización obligatoria:

Es necesario señalizar correctamente la puerta automática, indicando su funcionamiento para evitar confusiones entre los usuarios.

  • Requisitos de accesibilidad:

Las puertas deben facilitar el acceso a personas con movilidad reducida, cumpliendo con la normativa de accesibilidad universal.

  • Cumplimiento del Código Técnico de la Edificación (CTE):

Como parte de la normativa de puertas automáticas, el CTE establece las condiciones básicas de seguridad, utilización y accesibilidad que deben cumplir estas instalaciones.

  • Documentación técnica y declaración de conformidad:

Toda instalación debe ir acompañada de documentación técnica completa, incluyendo manuales, certificados y la declaración CE de conformidad.

  • Reglamento de productos de construcción (UE) 305/2011:

La puerta automática se considera un elemento integrado en el edificio, por lo que debe cumplir con los requisitos esenciales relacionados con la seguridad estructural, la seguridad en caso de incendio, la higiene, la salud y la protección del medio ambiente.

  • Directiva de compatibilidad electromagnética 2014/30/UE:

Su cumplimiento es clave para asegurar la fiabilidad de sensores, cuadros de maniobra y dispositivos de seguridad, evitando fallos que puedan comprometer el funcionamiento del sistema o poner en riesgo a los usuarios.

  • Directiva de baja tensión 2014/35/UE:

Su objetivo es garantizar que todos los componentes eléctricos de la instalación, como motores, cuadros de control y cableado, cumplan con los requisitos de protección frente a riesgos eléctricos, como descargas, cortocircuitos o sobrecalentamientos.

  • Norma UNE 85635:

Define cómo deben realizarse las revisiones periódicas, qué aspectos deben comprobarse en cada intervención y cómo documentar correctamente las operaciones de mantenimiento. Su aplicación permite garantizar que la puerta conserve las condiciones de seguridad exigidas durante toda su vida útil.

Condiciones para una instalación conforme a normativa

Para que una instalación sea considerada conforme a la normativa de puertas automáticas, no basta con que funcione correctamente: debe cumplir una serie de requisitos técnicos, legales y de seguridad desde su diseño hasta su puesta en marcha.

Los aspectos clave que debe considerar una instalación conforme son los siguientes:

  • Selección de equipos homologados: Implica que todos los componentes, sensores, sistemas de seguridad y elementos mecánicos cuenten con certificación y cumplan con las normativas europeas aplicables.
  • Instalación por empresas autorizadas: Debe ser realizada por técnicos especializados que conozcan la normativa vigente y las especificaciones del fabricante.
  • Verificación inicial del sistema: Antes de su puesta en servicio, es obligatorio comprobar que todos los elementos funcionan correctamente mediante pruebas y validaciones de seguridad.
  • Certificación de la instalación: Se debe emitir un certificado que acredite el cumplimiento de los requisitos normativos.
  • Entrega de documentación técnica: El propietario o gestor del edificio debe recibir toda la documentación necesaria para el uso y mantenimiento.
  • Puesta en servicio: Solo es posible una vez verificado que la instalación cumple con toda la normativa de puertas automáticas.
instalar puertas automáticas

Mantenimiento obligatorio de puertas automáticas

Después de la instalación, la normativa de puertas automáticas establece que los propietarios y responsables del edificio deben centrarse en el mantenimiento periódico, uno de los aspectos más relevantes para la seguridad y la continuidad operativa del sistema.

En España, aunque no existe una frecuencia única obligatoria para todos los casos, sí se establecen recomendaciones técnicas y exigencias derivadas de normativas como la UNE-EN 16005 y el propio CTE.

El mantenimiento de puertas automáticas debe incluir:

  • Revisión del correcto funcionamiento de sensores y sistemas de detección
  • Comprobación de los dispositivos de seguridad
  • Ajuste de fuerzas y velocidades de apertura y cierre
  • Inspección de elementos mecánicos (guías, motores, correas)
  • Verificación de sistemas eléctricos
  • Limpieza y lubricación de componentes

Responsabilidades y consecuencias del incumplimiento

¿Qué pasa si no se cumple con la normativa de puertas automáticas? No cumplir con la normativa puede tener implicaciones importantes tanto a nivel legal como económico.

Responsabilidades:

  • Propietarios o comunidades: son responsables de que las instalaciones cumplan la normativa.
  • Administradores de fincas: deben velar por el correcto mantenimiento.
  • Empresas instaladoras y mantenedoras: son responsables de ejecutar los trabajos conforme a normativa.

Consecuencias del incumplimiento:

  • Sanciones económicas por incumplimiento legal
  • Responsabilidad civil en caso de accidente
  • Posibles responsabilidades penales en situaciones graves
  • Incremento de riesgos para los usuarios
  • Costes elevados por reparaciones o sustituciones urgentes

ASZENDE: Experiencia y garantía en puertas automáticas

La correcta aplicación de la normativa de puertas automáticas requiere conocimiento técnico, experiencia y actualización constante sobre los cambios regulatorios.

En este sentido, empresas especializadas como Aszende juegan un papel clave. Su experiencia en instalación, mantenimiento y adecuación normativa permite a comunidades y empresas delegar con tranquilidad la gestión de sus puertas automáticas.

Con más de 40 años de experiencia, Aszende aporta un enfoque integral que garantiza el correcto funcionamiento de cada sistema y su adaptación a las exigencias técnicas y legales vigentes.

Confiar en profesionales especializados es la forma más eficaz de reducir riesgos, optimizar la operativa y garantizar el cumplimiento normativo. En cualquier caso, cumplir con la normativa de puertas automáticas no solo protege a las personas, también asegura la continuidad y la fiabilidad de cualquier edificio.

Podemos
ayudarte

¿Te gustaría saber más sobre nuestros productos, servicios y soluciones de movilidad vertical? 

No lo dudes y ponte en contacto con nosotros sin ningún tipo de compromiso mediante este formulario y nos pondremos en contacto contigo lo antes posible.

Si deseas saber más sobre el tratamiento de sus datos, visita nuestra política de privacidad.

    SÍGUENOS EN